RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001102-2022-DDC-CUS/MC

Cusco, 25 de agosto de 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001102-2022-DDC-CUS/MC  

VISTOS; El Memorando N° 001372-2022-DDC-CUS/MC, del Despacho de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe N° 000996-2022-OGAJ/MC; el Informe N° 001691-2022-OAJ/MC de la Oficina de Asesoría Jurídica de la DDC- Cusco, Informe N° 000543-2022-OA/MC, Informe N° 0001696-2022-OAJ/MC, y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco del Ministerio de Cultura, de conformidad con el artículo 96 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, es un órgano desconcentrado encargado dentro de su ámbito territorial de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura. Es responsable de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas del Ministerio, implementando políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los Órganos de Línea del Ministerio, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura;

Que, el 09 de diciembre de 1983, el Santuario Histórico de Machupicchu fue incluido en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO como Patrimonio mixto cultural y natural, debido a su valor universal excepcional; 

Que, mediante la Ley Nº 23765, se declara como Patrimonio Cultural de la Nación a varios lugares de la ciudad de Cusco, entre ellos, el Santuario Prehispánico o Parque Arqueológico de Machupicchu; 

Que, a través del Decreto Supremo N° 023-99-AG y sus modificatorias, se constituye la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu (UGM), encargada de la gestión integral del Santuario Histórico de Machupicchu y de dirigir la puesta en marcha de las estrategias contenidas en el Plan Maestro de dicho Santuario;

Que, a través del artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 173-2020-MC, se aprueba la capacidad de admisión a la Llaqta de Machupicchu en 2,244 (dos mil doscientos cuarenta y cuatro) visitantes al día;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000263-2021-DM/MC, se aprueba el incremento progresivo de la capacidad de admisión a la Llaqta de Machupicchu, determinada mediante la Resolución Ministerial Nº 173-2020-MC, en los términos previstos en el “Informe Complementario de Evaluación del Incremento de la Capacidad de Admisión a la Llaqta de Machupicchu”, en consideración a la implementación de las medidas que este informe determina que deben cumplir los miembros del Comité Directivo de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu – UGM, en el marco del respeto irrestricto por la conservación de la Llaqta de Machupicchu; 

Que, a través del Oficio N° 015-2022-GR CUSCO/UGM-ST, la Secretaria Técnica de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu – UGM, remite el Acta de la Sesión de Comité Directivo N° 003-2022-UGM-CD, en la cual por unanimidad se llegan a los siguientes acuerdos: “(i) Dar Opinión favorablemente al Informe N° 000473-2022-PANM/MC, mediante el cual el Ministerio de Cultura plantea las estrategias que permitirán ampliar el aforo a Machupicchu, ampliando de 3044 a 4044 visitantes por día, hasta el 31 de diciembre de 2022; producto de una serie de reuniones técnicas entre el sector Cultura con operadores del sector turismo de Cusco; (ii) Recomendar que esta cifra aumente progresivamente en la medida de la implementación de compromisos asumidos por las instancias integrantes de UGM y que tienen a su cargo la conservación y preservación del Valor Universal Excepcional que representa Machupicchu, maravilla del Mundo; y (iii) Cumplir con los compromisos previstos y acordados según Resolución Ministerial N° 000263-2021-DM/MC”; 

Que, a través de la Resolución Ministerial N°00224-2022-DM/MC, el Ministro de Cultura resuelve aprobar de manera excepcional y temporal hasta el 31 de diciembre de 2022, la ampliación de la capacidad de admisión a la Llaqta de Machupicchu, en función a lo señalado en los puntos 7.1, 7.2, 7.3, y 7.4 del Informe Nº 000473-2022-PANM/MC;

Que, mediante artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC se autoriza a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, implementar las medidas necesarias del Reglamento de Uso Sostenible y Visita Turística de la Llaqta o Ciudad Inka de Machupicchu.

Que, mediante el Informe N° 000996-2022-OGAJ/MC, el Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica, dentro de sus conclusiones resuelve: “conforme al artículo 15° de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 216-2018-MC, los boletos de ingreso a la Llaqta de Machupicchu pueden ser reservados y/o adquiridos de manera virtual y física, en este último caso, es la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco la competente para determinar las oficinas que se encargarán de entregarlas, así como los demás aspectos relacionados”;  

Que, mediante el Informe N° 001691-2022-OAJ/MC, la Oficina de Asesoría Jurídica a fin de descentralizar los puntos de venta para facilitar a los usuarios la adquisición de éstos, recomienda que la implementación de la venta de hasta 1000 boletos de forma diaria y permanente se realice en la boletería de la DDC – Cusco de Machupicchu Pueblo, precisando que la venta en este caso, debe efectuarse de manera personal, en forma física y/o virtual, en concordancia a lo dispuesto por el artículo 15° de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 216-2018-MC;

Que, mediante Informe N° 000543-2022-OA/MC, la Oficina de Administración de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, presenta la propuesta de adoptación de medidas complementarias para implementar el artículo 15 de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC modificada por la Resolución Ministerial N° 216-2018-MC, incluyendo la conveniencia de proceder a la venta directa y presencial de mil espacios diarios en el centro cultural de Machupicchu Pueblo dentro de la capacidad de carga establecida por Resolución Ministerial N° 224-2022-MC.

Que, mediante Informe N° 001696-2022-OAJ/MC, la Oficina de Asesoría Legal de la DDC-Cusco, concluye que es pertinente implementar la venta de hasta 1000 boletos de forma diaria y permanente en la boletería de la DDC – Cusco de Machupicchu Pueblo, debiéndose precisar que la citada venta debe efectuarse de manera personal y en forma física en atención a lo dispuesto por el artículo 15° de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 216-2018-MC, dentro del marco de la capacidad de admisión de visitantes a la Llaqta Inca de Machupicchu de 4,044 turistas por día, en mérito a la Resolución Ministerial N° 224-2022-MC/DC, para cuyo efecto, se presenta el proyecto de Resolución Directoral respectivo para su suscripción.  

Con los vistos del Oficina de Administración, Jefatura del PAN Machupicchu, y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura; 

De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y en uso de las facultades conferidas mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. – Implementar la venta de hasta 1000 boletos de forma diaria y permanente en la boletería de la DDC – Cusco de Machupicchu Pueblo, precisándose que la citada venta debe efectuarse de manera personal y en forma física en atención a lo dispuesto por el artículo 15° de la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 216-2018-MC, dentro del marco de la capacidad de admisión de visitantes a la Llaqta Inca de Machupicchu de 4,044 turistas por día, en mérito a la Resolución Ministerial N° 224-2022-MC/DC.

ARTÍCULO SEGUNDO. – Disponer la publicación la presente Resolución Directoral en el portal institucional de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (www.culturacusco.gob.pe). 

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

 

MILDRED FERNÁNDEZ PALOMINO

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA – CUSCO

Noticias

El director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, Jorge Moya Cohaguila, en representación del ministro de Cultura Fabricio

Propuesta se encuentra en el portal institucional del Ministerio de Cultura (gob.pe/cultura), y el plazo para los comentarios y/o sugerencias